Principis per a un pacte social per a l’educació

Posted on 23 febrer 2017

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(El dimecres 22 de febrer de 2017 vaig comparèixer a la Comisión de Educación y Deporte del Congreso de los Diputados per tal de donar la meva opinió de com ha de ser un pacte social educatiu i respondre a les qüestions plantejades pels grups parlamentaris. Aquí teniu el document previ que vaig trametre i que va ser la base de la meva intervenció)

 

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CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y DEPORTE
SUBCOMISIÓN PARA LA ELABORACIÓN DE UN GRAN PACTO DE ESTADO SOCIAL Y POLÍTICO PARA LA EDUCACIÓN

 

COMPARECIENTE
JOSEP BARGALLÓ VALLS
Catedrático de secundaria
Ex-consejero de Educación (2003-2004) y Primero y de la Presidencia (2004-2006) de la Generalitat de Catalunya
Coordinador del Institut de Ciències de l’Educació de la Universitat Rovira i Virgili (Tarragona)
Coordinador académico del Diploma de Postgrado en Dirección y Gestión de Centros Educativos (Universitat Rovira i Virgili)

22 de febrero de 2017

BLOQUE I
PRINCIPIOS PARA UN PACTO SOCIAL PARA LA EDUCACIÓN

  1. Antes un pacto social que político

La educación es un servicio público fundamental para una sociedad, para su desarrollo, su cohesión y su equidad.

La educación és el único servicio público que no es únicamente un derecho de la ciudadanía, sino que tiene una amplia etapa que es, a la par, un deber, obligatorio por definición.

La educación es el servicio público con una capilaridad más extendida en el territorio.

La especial caracterización de la educación como servicio público requiere, para su eficiencia, de un amplio consenso. Y aún más en estos momentos, cuando en toda Europa se plantean las respuestas adecuadas a los nuevos retos educativos, metodológicos, tecnológicos, culturales y sociales.

El consenso educativo tiene que ser, en primer lugar, social, a partir de acuerdos entre tota la comunidad educativa, su entorno territorial, las organizaciones sindicales y escolares, los colectivos profesionales, técnicos y académicos y las distintas administraciones que participan del conjunto de la oferta del sistema escolar. La legislación educativa, necesaria como sustento de los principios rectores del sistema y como ordenamiento de su estructuración administrativa, tiene que ser el reflejo jurídico de este consenso. Por ello, los pactos parlamentarios necesarios para a la aprobación de la legislación educativa nunca pueden ser previos al establecimiento de un pacto social para la educación. Deben ser su consecuencia.

  1. Principios rectores

La educación es un servicio público que tiene que configurarse como tal para garantizar los derechos de la ciudadanía. Si el servicio es ofrecido, a partir de la aportación presupuestaria pública correspondiente, por entidades privadas, éstas también deben regirse por los principios rectores universales del servicio y deben ajustarse a sus normas. El servicio público –se cuál sea la titularidad de cada centro- tiene que garantizar la plena gratuidad en las etapas obligatorias. La aportació pública a los centros de titularidad privada que se adhieran al sistema debe efectuarse de acorde con la función de cada centro en la oferta territorial, el compromiso de participar en las medidas de redistribución del alumnado con necesidades específicas y la asunción de los valores que rigen el servicio público.

El sistema educativo, para ser eficiente, tiene que dar respuesta a la necesidades de cada etapa y de cada contexto. En nuestra sociedad, el sistema no puede ser eficiente si no permite el desarrollo y la práctica de propuestas pedagógicas y metodológicas innovadoras, si no se basa en la autonomía de centros y si no incentiva la intervención corresponsable de las administracions locales.

Los principios rectores de un sistema educativo eficaz y eficiente en la Europa de la segunda década del siglo XXI deben establecerse a partir de

  • un proceso abierto a la participación familiar, profesional y comunitaria, y a todo el territorio
  • los valores que rigen una sociedad democrática avanzada, desde la no segregación y la inclusión basada en el reconocimiento de la diversidad hasta la búsqueda de la equidad, la incentivación de la creatividad y el espíritu crítico y la práctica de la coeducación
  • y la premisa que el sujeto y objetivo único de la educación es el alumnado; que el profesorado -su formación y su estabilidad- es la garantía de la excelencia del sistema; y que el centro es su núcleo
  1. La inclusión

La educación inclusiva surge como la expresión de una opción social y democrática: la voluntad de establecer una educación de calidad universal, independientemente de las condiciones personales, de género, de origen social o de capacidades del alumnado. La inclusión, basada en el reconocimiento de la diversidad, es la garante de la equidad: igualdad de oportunidades desde las diferentes capacidades. Es la garante, asimismo, del desarrollo adecuado de las habilidades del alumnado y de una profundización más efectiva de sus potencialidades.

La uniformidad es el mayor mal de la educación. Y la uniformización, del sistema.

  1. La innovación

La innovación es un concepto básico en la práctica educativa. Las transformaciones sociales y económicas nos exigen situar el contexto formativo en una evolución constante, tanto para atender las necesidades que surgen de manera continua como para trabajar las nuevas competencias sociales, culturales y profesionales. Necesidades y competencias que no podemos dejar fuera del marco escolar, y que tenemos que atender desde la singularidad: los recursos –humanos y materiales- deben adecuarse a la complejidad del entorno escolar de cada zona educativa.

La innovación no se decreta, sino que se practica, se evalúa y se utiliza y, por encima de todo, no responde a otros intereses que los del alumno. Innovar es cambiar para mejorar el proceso de aprendizaje, el trabajo en el aula y la inserción del centro en su entorno. No hay cambio ni mejora sin innovación. No hay excelencia sin innovación.

  1. La educación competencial

De acuerdo con las recomendaciones de las autoridades europeas, la práctica educativa en los paises más avanzados y con las aportaciones de especialistas y académicos, el modelo educativo debe basarse en el aprendizaje y su evaluación por competencias –el conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes que conforman los objetivos de cada etapa educativa.

Los curricula tienen que adaptarse a este modelo.

  1. La Formación Profesional integral

La Formación Profesional es un elemento clave de un sistema educativo eficiente y capaz de responder a las necesidades del entorno y el contexto, tanto del mismo sistema como del tejido social y el modelo productivo.

Es necesario apostar por una integración efectiva de la formación profesional inicial, la continua y la ocupacional, a partir de un catalogo propio de títulos y certificados de profesionalidad acorde con el marco europeo.

  1. La formación del profesorado

La formación del profesorado debe responder a los retos del modelo educativo y a las necesidades del sistema.

La formación inicial tiene que adecuarse al modelo competencial y a las nuevas metodologías, situarse en la apuesta innovadora y profundizar en su relación práctica con el contexto escolar. En el ámbito de secundaria, es urgente replantear la formación inicial, insuficiente e ineficaz.

La oferta de formación continuada debe ampliarse y formularse a partir de una planificación coherente.

  1. La descentralización

La educación es el servicio público que garantiza la cohesión social y la cohesión territorial.

En el actual marco orgánico, la autoridad educativa recae en la administración autonómica. En toda Europa –y aún otros territorios-, los sistemas educativos avanzados y con mejores resultados son aquellos que han apostado de manera clara por la descentralización. La centralización no comporta equidad, sino uniformidad. Y aún menos adaptación al contexto y al entorno, premisa fundacional de la formación por competencias.

Sin menoscabo del pleno e ineludible ejercicio de las responsabilidades de la autoridad educativa –legislación, gestión y organización del sistema, inlcluyendo el régimen lingüístico vehicular-, es necesario avanzar en la corresponsabilidad de la administración local. Los ayuntamientos tienen que pasar de ser una mera central de servicios educativos o paraeducativos a protagonitzar un cierto liderazgo en este ámbito, asumiendo el rol de impulsor necesario del vínculo entre la persona y el contexto educativo, quien se  forma –sea cómo y cuándo sea- y los recursos públicos de formación –sean de quién sean. De vínculo entre el sistema y su entorno más inmediato.

  1. La autonomía de centro

Los centros educativos –no la administración- son el elemento nuclear del sistema.

Por ello, todo modelo se concreta a partir de los proyectos educativos de centro, que tienen que adecuarse tanto a los principios rectores y valores de la educación como a las necesidades específicas de su alumnado y a la realidad concreta de su entorno. Y han de contener, a la vez, la propuestas propias de concreción competencial, organización y metodologías innovadoras.

Por ello, también, la respuesta eficaz a estas necesidades sólo puede hacerse desde la autonomía de centro: proyectos educativos sólidos, plantillas suficientes y estables y liderazgos directivos participativos y con capacidad de gestión efectiva.

  1. La excelencia del sistema para el éxito escolar

El sistema educativo, como servicio público, tiene que estar diseñado y estructurado para alcanzar la excelencia. No para acabar con el fracaso escolar sino para conseguir el éxito –que no es necesariamente lo mismo. El éxito educativo como suma de éxito académico, éxito personal, éxito social y éxito professional.

La excelencia fundamentada en:

  • la corresponsabilidad administrativa
  • la formación del profesorado
  • la autonomía de centro
  • la implicación del territorio
  • la planificación con y desde la comunidad educativa
  • la inclusividad y la atención a la diversidad
  • la apuesta por la innovación
  • el trabajo por competencias

BLOQUE II
EL PACTO NACIONAL PARA LA EDUCACIÓN DE CATALUNYA

  1. Cronología
  • enero de 2004: anuncio del Gobierno en la comisión competente del Parlament de Catalunya de la voluntad de empezar los trabajos para un pacto social educativo
  • junio de 2004: encargo del Gobierno al Consell Escolar de Catalunya del proceso para la redacción del Pacte Nacional per a l’Educació
  • noviembre de 2004: primer documento elaborado por el Consell Escolar de Catalunya e inicio del proceso de participación de expertos y de debate público
  • junio de 2005: documento de recomendaciones elaborado por el grupo de expertos e intensificación del debate con los representantes de la comunidad educativa
  • marzo de 2006: firma del Pacte Nacional per a l’Educació
  1. Firmantes

El Gobierno de la Generalitat de Catalunya y 21 entidades representativas de la comunidad educativa:

  • organizaciones sindicales y sus federaciones de educación: Comissions Obreres de Catalunya, Unió General de Treballadors de Catalunya y Unió Sindical Obrera de Catalunya
  • federaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos: Federació d’Associacions de Mares i Pares d’Alumnes de Catalunya, Federació d’Associacions de Mares i Pares d’Alumnes de l’Ensenyament Secundari, Federació d’Associacions de Pares d’Escoles Lliures, Confederació Cristiana d’Associacions de Pares i Mares de Catalunya y Federació Catalana d’Associacions de Pares d’Alumnes d’Educació Especial-Federació Catalana Pro Persones amb Retard Mental
  • organizaciones de la educación privada: Agrupació Escolar Catalana, Associació Professional Serveis Educatius de Catalunya, Confederació de Centres Autònoms d’Ensenyament de Catalunya y Federació Catalana de Centres d’Ensenyament
  • asociaciones municipales: Federació de Municipis de Catalunya y Associació Catalana de Municipis
  • Associació de Joves Estudiants de Catalunya
  • Federació de Moviments de Renovació Pedagògica
  • Col·legi Oficial de Doctors i Llicenciats en Filosofia i Lletres i en Ciències de Catalunya

en presencia de representantes de todos los grupos parlamentarios

  1. Ámbitos (del debate previo y del documento final)
  1. acuerdos relativos a las familias, como responsables de la educación de sus hijos
  2. acuerdos relativos a los centros financiados con fondos públicos, con la voluntad de construir un único servicio público de educación
  3. acuerdos relativos a los ayuntamientos, como nivel de la administración más cercana a la realidad del sistema educativo
  4. acuerdos relativos al profesorado, como elemento fundamental para la calidad del sistema educativo
  5. acuerdos relativos a la autonomía y eficacia en la gestión de los centros educativos públicos, para su aportación al valor de calidad del sistema educativo
  1. Aspectos fundamentales
  • el despliegue de un proyecto educativo, que haga explícitas las grandes líneas estratégicas de la educación, permitiendo la concreción sucesiva de proyectos educativos territoriales y de proyectos educativos de centro, fieles a las necesidades y características de sus respectivos territorios y comunidades sociales y educativas.
  • la implantación de la cultura de la evaluación en el conjunto del sistema, que permita un mejor conocimiento de su funcionamiento y de los resultados, a partir de un plan global y coherente de actuaciones
  • el desarrollo del ejercicio democrático y responsable de la autonomía de centro
  • una planificación de las necesidades educativas territorialmente equilibrada y que enmarque en el servicio educativo de interés público la totalidad de centros sostenidos con fondos públicos, de manera que se preste en un marco que garantice la integración de todo el alumnado, la igualdad de oportunidades y la libertad de enseñanza, definiéndose así como un servicio de utilidad pública.
  • el reconocimiento social de la función docente del profesorado.
  • el reconocimiento del papel fundamental de las familias en el proceso educativo, potenciando su participación en la vida escolar
  • el acercamiento de las decisiones al territorio y a la ciudadanía, impulsando la descentralización y la corresponsabilización de los ayuntamientos, de acuerdo con los principios de subsidiariedad y autonomía

 

 

DOCUMENTACIÓN ANEXA

  1. Consell Escolar de Catalunya (2005): Aportacions del Consell Escolar de Catalunya al Pacte Nacional per a l’Educació (PDF)
  1. Departament d’Educació de la Generalitat de Catalunya (2005): Pacte Nacional per a l’Educació. Oportunitat i compromís. Recomanacions al Govern de la Generalitat de Catalunya (PDF)
  1. Departament d’Educació de la Generalitat de Catalunya (2006): Pacte Nacional per a l’Educació (PDF)
  1. B.O.E. (2009): Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación de Catalunya (web)

 

(Si voleu, podeu visualitzar la meva https://www.facebook.com/plugins/video.php?href=https%3A%2F%2Fwww.facebook.com%2Fjoan.oloriz%2Fvideos%2F1179746522124109%2F&show_text=0&width=560“>intervenció inicial.I el https://www.facebook.com/plugins/video.php?href=https%3A%2F%2Fwww.facebook.com%2Fjoan.oloriz%2Fvideos%2F1180638425368252%2F&show_text=0&width=560“>debat posterior amb els grups parlamentaris

I, si teniu paciència, aquí podeu seguir les tres compareixences a la Comissió d’aquell dijous. Són nomes 4 hores…)

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